El senador Carlos Montes valoró la aprobación de las disposiciones referidas al proyecto de ley sobre fortalecimiento de la democracia, que persigue establecer una mejor regulación para el financiamiento electoral. (Ver minuta con contenidos y objetivos).

Montes recordó los esfuerzos realizados en proyectos anteriores con el objeto de establecer normas más drásticas y que no fructificaron (Ver archivo).

Destacó, por ello, los avances que la iniciativa significa en términos de transparencia en los ingresos y gastos de las campañas, fiscalización, reducción del gasto y en la drástica sanción de las infracciones y delitos que puedan cometerse  por los candidatos.

Reiteró la necesidad de que la ciudadanía conozca el origen y destino de cada peso invertido por los candidatos, fortaleciendo para ello las vías de fiscalización, tanto institucionales como ciudadanas y se manifestó a favor de sancionar severamente cualquier irregularidad, incluso con la pérdida del cargo.

Abogó, asimismo, por recuperar el debate de ideas propio de las contiendas electorales, en lugar de las meras acciones de marketing en que se han ido transformando las elecciones.

El legislador PS propuso en este proyecto diversas iniciativas que fueron aprobadas, entre las que se cuentan:

  • Obligación de los candidatos de justificar el origen de los aportes personales a las campañas, con el objeto de evitar que por esta vía se oculten donaciones.
  • Establecimiento de un mecanismo para que los candidatos conozcan el origen de las donaciones y puedan rechazarlas.
  • Obligación de las candidaturas presidenciales de acompañar a su inscripción un programa con sus principales ideas y propuestas. Ello se planteó para todos los candidatos, pero se aprobó sólo para las postulaciones a la primera magistratura.
  • Generación de un procedimiento abierto y público de difusión y observaciones al proceso de elaboración por parte del SERVEL de las zonas habilitadas para la propaganda electoral en lugares públicos.
  • Obligación de que la propaganda en medios de comunicación escritos o radiales sólo puedan ser contratados por los candidatos y partidos o sus administradores electorales.


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